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Preguntas frecuentes

¿Cómo deberá asentarse el precio en las operaciones del complemento CFDI para enajenación de bienes inmuebles? ¿A través de avalúo o de forma pactada entre las partes?

El SAT responde:

El valor de operación que deberá asentarse en el complemento será el precio pactado por ambas partes.
El “Subtotal” es el importe sin IVA, el “IVA” es el importe de dicho impuesto y el “MontoOperación” es la suma del IVA y Subtotal.
ejemplo: Monto Operación: $ 2’100,000 Subtotal: $ 1’810,344.83 IVA: $ 289,655.17