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Multas y sanciones por no emitir CFDI para acreditación de bienes inmuebles

 

Con la nueva ley de comprobación fiscal, el SAT tiene la posibilidad no sólo de exigir a los notarios la expedición de CFDI’s, sino que además ha anunciado, habrá multas.

Las multas van de 12.000 hasta 69.000 pesos, estas multas dependen del contribuyente o el lugar de residencia.  Las infracciones están relacionadas con la obligación de que siempre se lleve la contabilidad y con el hecho de no expedir, entregar o poner a disposición del cliente comprobantes fiscales digitales por internet cuando las disposiciones fiscales lo establecen.

Las sanciones serán las siguientes:

  1. Pagarán de 12.070 a 69.000 pesos mexicanos: Si hay reincidencia las autoridades podrán clausurar el establecimiento de forma preventiva (de 3 a 15 días).
  2. Pagarán de 1.210 a 2410 pesos mexicanos los contribuyentes que tributen (Ley del Impuesto a la Renta). En caso de reincidencia, las autoridades podrán clausurar de forma preventiva.
  3. De 12.070 a 69.000 pesos mexicanos: Los contribuyentes que cuenten con autorización para recibir donativos deducibles. En caso de reincidir, se les revocará la autorización para seguir recibiendo donativos deducibles.